7/7/24

Cumplimiento de Obligación de Dar

EJECUCIÓN DE OTRAS OBLIGACIONES   


ARTÍCULO 388. (CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE DAR).  

I. Por este proceso, la parte actora podrá pedir la entrega de un bien mueble o inmueble que no fuere una suma de dinero, adeudada por mandato de la Ley, testamento, contrato, acto administrativo o declaración unilateral de voluntad en los casos en que ésta pueda imponerse con carácter obligatorio, siempre que la parte actora acredite la obligación de entregar y, en su caso, el cumplimiento por su parte de la prestación que le  es correspondiente, mediante documento público o privado reconocido o dado por reconocido ante la autoridad judicial o reconocido voluntariamente ante notario de fe pública, o con la justificación que prevé el Artículo 377, Parágrafo I del presente Código.   

II. Desde el momento de su citación con la intimación, la parte demandada quedará en calidad de depositario, bajo las responsabilidades civiles y penales inherentes al caso; salvo que la autoridad judicial según las circunstancias determine el secuestro

DOCTRINA

PROCESO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE DAR EN BOLIVIA

La ley 439 en su sección III, mediante el art. 387 como principio refiere que:  

El procedimiento establecido para el proceso monitorio será aplicable a los casos que siguen, debiendo disponerse en la resolución de admisión lo que corresponda en relación a la naturaleza del proceso promovido.


  ¿Qué es el Proceso de Cumplimiento de Obligación de Dar?

El proceso de cumplimiento de obligación de dar es un procedimiento judicial mediante el cual un acreedor puede exigir judicialmente que el deudor cumpla con la entrega de un bien determinado o una cantidad específica de bienes, conforme a lo pactado en un contrato o documento que acredite dicha obligación. Este proceso es de naturaleza monitoria, lo que lo hace más rápido y expedito.

¿Cuándo Procede el Proceso de Cumplimiento de Obligación de Dar?

El proceso procede en los siguientes casos:

Incumplimiento de Contrato: Cuando una de las partes de un contrato no cumple con su obligación de entregar un bien o una cantidad específica de bienes.

Documentos Ejecutivos: Cuando el acreedor tiene en su poder documentos que acrediten la obligación del deudor de entregar los bienes, tales como contratos, pagarés, o cualquier otro documento con fuerza ejecutiva.

Plazos del Proceso de Cumplimiento de Obligación de Dar

Presentación de la Demanda: El acreedor presenta la demanda ante el juez competente.

Admisión de la Demanda y Notificación: El juez debe admitir la demanda y notificar al deudor en un plazo de 5 días hábiles.

Respuesta del Deudor: El deudor tiene un plazo de 10 días hábiles para responder a la demanda y presentar sus observaciones o defensas.

Resolución Judicial: Si no hay oposición o las observaciones no son fundadas, el juez dictará una resolución de cumplimiento de la obligación de dar en un plazo de 10 días hábiles.

Cumplimiento de la Resolución: El deudor debe cumplir con la obligación de dar en el plazo que establezca el juez, generalmente 5 días hábiles después de la notificación de la resolución.

Recursos Judiciales en el Proceso de Cumplimiento de Obligación de Dar

Oposición al Monitorio: El deudor puede presentar una oposición dentro de los 10 días hábiles después de la notificación de la demanda. Si la oposición es aceptada, el proceso se convierte en un procedimiento ordinario.

Apelación: Una vez dictada la resolución de cumplimiento de la obligación de dar, las partes pueden interponer un recurso de apelación ante el tribunal superior en un plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la resolución.

Desarrollo del Proceso de Cumplimiento de Obligación de Dar

Inicio del Proceso

El proceso de cumplimiento de obligación de dar inicia cuando el acreedor presenta una demanda ante el juez competente. La demanda debe contener:

Identificación del acreedor y del deudor.

Descripción de la obligación de dar (el bien o bienes que deben ser entregados).

Motivos por los cuales se solicita el cumplimiento de la obligación de dar.

Documentación que respalde la obligación del deudor (contratos, pagarés, etc.).

Admisión y Notificación

El juez revisa la demanda y, si cumple con los requisitos legales, la admite y ordena la notificación al deudor. La notificación debe realizarse en un plazo de 5 días hábiles.

Respuesta a la Demanda

El deudor notificado tiene 10 días hábiles para presentar su respuesta , en la que puede:

Aceptar la demanda y cumplir con la obligación de dar.

Presentar defensas y pruebas que justifiquen el incumplimiento

Oponerse a la demanda, argumentando razones por las cuales no procede el cumplimiento de la obligación de dar.

Resolución del Juez

Si no hay oposición o las observaciones no son fundadas, el juez dictará una resolución de cumplimiento de la obligación de dar en un plazo de 10 días hábiles. La resolución puede ordenar:

La entrega inmediata del bien o bienes objeto de la obligación.

El pago de cualquier indemnización por daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento.

Recursos contra la Resolución

Los recursos disponibles son:

Recurso de Apelación: Las partes pueden interponer un recurso de apelación dentro de los 10 días hábiles posteriores a la notificación de la resolución. No procede la casación ni la revisión extraordinaria debido a la naturaleza monitoria del proceso.

Conclusión

El proceso de cumplimiento de obligación de dar en Bolivia es un mecanismo legal diseñado para asegurar que las obligaciones contractuales se cumplan de manera expedita. Con plazos definidos y recursos limitados, este proceso permite a los acreedores hacer valer sus derechos de forma rápida y efectiva, garantizando la entrega de bienes acordados en contratos o documentos ejecutivos.


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